Funciones

Funciones de la Alcaldía.

La Alcaldía se encarga de:

  • Promover la salud y la higiene comunal.
  • Cumplir y hacer cumplir el funcionamiento seguro e higiénico de mercados, rastros y lavaderos públicos.
  • Autorizar y registrar  fierros, guías de transporte y cartas de venta de semovientes.
  • Dictar las normas de funcionamientos de los cementerios de acuerdo al reglamento correspondiente.
  • La planificación, normativa y control del uso del suelo y del desarrollo urbano, suburbano y rural.
  • Promover la cultura , el deporte y la recreación, proteger el patrimonio arqueológico, histórico, linguístico y artístico de su circunscripción.
  • La prestación a la población de los servicios básicos de agua, alcantarillado sanitario y electricidad.
  • Desarrollar,  conservar y controlar el uso racional del medio ambiente y los recursos naturales como base del desasrrollo sostenible del municipio y del País, fomentando iniciativas locales en estas áreas y contribuyendo a su monitoreo, vigilancia y control en coordinación con los entes nacionales correspondientes.
  • Impulsar y desarrollar de manera sostenible el turismo en su localidad aprovechando los paisajes, sitios históricos, arqueológicos y Centros turisticos.
  • Promover el respeto a los derechos humanos y en especial los derechos de la mujer y la niñez.
  • Construir comites municipales  de emergencia, que en coordinación y con apoyo del Comité Nacional de emergencia elaboren un plan que definan la responsabilidad de cada institución  y que organicen y dirijan la defensa  de la comunidad en caso de dasastres.
  • Desarrollar el transporte y las vias de comunicación.
  • Todas la funciones que le establezcan las leyes y reglamento, sin detrimento del principio constitucional de la autonomia municipal.
  • El registro del estado civil de las personas es una dependencia administrativa del gobierno municipal y se regirá ademas de lo dispuesto en la ley de la materia, conforme las directrices, normativas y metodologias que dicte el Consejo Supremo Electoral.
  • Intervenir y participar en todos los asuntos que afecten su competencia; para la planificación y ejecución de obras y acciones institucionales , Inter institucionales e Inter Sectoriales de la administración pública.
  • Previa aprovación del Concejo Municipal, podrá contratar con el poder ejecutivo la delegación de atribuciones  que correspondan a la administración central, acompañada de la transferencia  de los recursos necesarios para la ejecución de la obra o la prestación del servicio.
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