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Bienes Muebles e Inmuebles

Declaración de Bienes Inmuebles
Declarar en la oficina de bienes inmuebles (catastro municipal) todas las propiedades obtenidas (terrenos), incluyendo jubilados. Basado en el Decreto 3-95 Ley de Impuesto de Bienes Inmuebles.
Pago de Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
segun Decreto 3-95 Ley de Bienes Inmuebles,es obligación de todos los propietarios, declarar anualmente los bienes inmuebles adquiridos y pagar por estos el Impuesto correspondiente
Solicitud de Solvencia Municipal.
Certificación extendida por la Alcaldía, haciendo constar que el contribuyente se encuentra solvente con todas las obligaciones tributarias municipales a solicitud del mismo.
Solicitud de Avaluo Catastral.
El Propietario de cualquier terreno en el municipio puede solicitar un Avaluo Catastral (Valor Catastral del terreno, edificaciones y mejoras) a razón de ponerse al día con el pago del IBI o para ejecutar otros tramites.
Rectificación de Área o Linderos.
Cuando existan dudas con respecto al área total de una propiedad o inconformidades entre vecinos por los linderos de sus terrenos, pueden acudir a las oficinas de Catastro Municipal para realizar las medidas correspondientes.
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