Declaración de Bienes Inmuebles
Declaración de Bienes Inmuebles
Declarar en la oficina de bienes inmuebles (catastro municipal) todas las propiedades obtenidas (terrenos), incluyendo jubilados. Basado en el Decreto 3-95 Ley de Impuesto de Bienes Inmuebles.
Tasa
Alcaldia Municipal
Administración Tributaria
Alcaldía Municipal - Oficina de Catastro
C$50.00
Caja
Frente al costado norte del parque central, alcaldía municipal.
25580075
25580075
los requisitos para declarar bienes inmuebles son:
- presentar original y copia de escritura de la propiedad (copia se archiva en oficina de Catastro).
- presentar original y copia de plano topografico.
- presentar original y copia de cédula de identidad.
- si es jubilado presentar original y copia de carnet de jubilado.
- comprar formato de declaración de bienes inmuebles.
- llenar formato de declaración de bienes inmuebles.
La declaración de bienes inmuebles se debe hacer anualmente (de enero a junio del año en curso) para actualizar el estado de las propiedades declaradas (desmembraciones, venta total, adquisicion de otras propiedades).
Jubilados gozan del derecho de no pagar el impuesto de bienes inmuebles, solamente pagan por la compra de este formato. (Decreto 3-95)
una vez realizado este tramite, la información obtenida se constatara mediante inspección en el lugar, ademas de realizar el levantamiento catastral para emitir el respectivo avaluo (SISCAT 9.0), Documento oficial para calcular el monto total a pagar en concepto de Impuesto de bienes Inmuebles de la propiedad registrada.
El IBI es gravado a todos los terrenos, plantaciones permanentes y las instalaciones o construcciones que en ellos existan.
- presentar los documentos requeridos en la oficina de catastro.
- cancelar el valor del formato en Caja.
- llenar el formato con asistencia del tecnico de catastro.






