Rectificaciones


Rectificaciones

Es el acto por el cual, se corrigen los datos o se subsanan omisiones o errores evidentes, que hayan ocurrido en la inscripciòn de una determinada acta.

Tasa

Alcaldia Municipal de Niquinohomo/Registro Civil de las Personas

Registro Civil

Alcaldia Municipal de Niquinohomo

30.00

Caja General

Costado Norte del Parque Central, Niquinohomo

25580075

25580075

Las Rectificaciones de pueden realizar en dos vìas:


1.-ANTE EL JUEZ DE DISTRITO CIVIL: Por medio de este se rectifican errores en las fechas de nacimientos, cambio u omisiòn de nombres y apellidos de los padres, y cuando se produce un error en la veracidad del asiento, otros..

 

  • Pueden solicitarlo: 
  1. El interesado si es mayor de veintiùn años.
  2. En caso de ser menor los padres.
  3. Un apoderado legal debidamente acreditado.

 

  • Documentos para su inscripciòn:   
  1. Certificaciòn de la sentencia de Rectificaciòn.
  2. Certificado de la partida a Rectificar.
  3. Cèdula de identidad del compareciente.

 

 

2.-ANTE NOTARIO PÙBLICO:

Esta Rectificaciòn procede cuando existan en la inscripciòn errores ortogràficos y/o errores evidentes.

 

  • Pueden solicitarlo: 
  1. El interesado si es mayor de veintiùn años.
  2. Los padres del menor.
  3. Un apoderado debidamente acreditado.

 

  • Documentos para su inscripciòn:   
  1. Testimonio de la Escritura pùblica de rectificaciòn.
  2. Certificado de la partida a Rectificar.
  3. Cèdula de identidad del compareciente.

 


  1. Las Rectificaciones que se tràmitan ante un notario pùblico debe realizarse de acuerdo a lo establecido en la ley nùmero 139 " Ley que le da mayor utilidad a la instituciòn del Notariado y a las consultas evacuadas por la Corte Suprema de Justicia a solicitud de Consejo Supremo Electoral.
  2. Una vez librado el testimonio o la certificaciòn de la sentencia deberàn los ciudadanos presentarse a inscribir en el Registro Civil del municipio donde se encuentra inscrito su asiento original.
  3. El Registrador del Estado Civil debe inscribir en el libro de Inscripciones varias y luego se anota al margen en el asiento original de nacimientos.

  1. Puede comparecer a inscribirlo cualquier persona mayor de veintiùn años (21 años).
  2. Presentarse al edificio de la Alcaldia Municipal, especificamente en la ventanilla del Registro Civil de las Personas.
  3. Solicitar la Inscripciòn, con la documentaciòn necesaria.
  4. El usuario Procederà a Cancelar el Servicio en Caja General.
  5. Retirar la Inscripciòn en la oficina del Registro Civil.
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