Rectificaciones
Rectificaciones
Es el acto por el cual, se corrigen los datos o se subsanan omisiones o errores evidentes, que hayan ocurrido en la inscripciòn de una determinada acta.
Tasa
Alcaldia Municipal de Niquinohomo/Registro Civil de las Personas
Registro Civil
Alcaldia Municipal de Niquinohomo
30.00
Caja General
Costado Norte del Parque Central, Niquinohomo
25580075
25580075
Las Rectificaciones de pueden realizar en dos vìas:
1.-ANTE EL JUEZ DE DISTRITO CIVIL: Por medio de este se rectifican errores en las fechas de nacimientos, cambio u omisiòn de nombres y apellidos de los padres, y cuando se produce un error en la veracidad del asiento, otros..
- Pueden solicitarlo:
- El interesado si es mayor de veintiùn años.
- En caso de ser menor los padres.
- Un apoderado legal debidamente acreditado.
- Documentos para su inscripciòn:
- Certificaciòn de la sentencia de Rectificaciòn.
- Certificado de la partida a Rectificar.
- Cèdula de identidad del compareciente.
2.-ANTE NOTARIO PÙBLICO:
Esta Rectificaciòn procede cuando existan en la inscripciòn errores ortogràficos y/o errores evidentes.
- Pueden solicitarlo:
- El interesado si es mayor de veintiùn años.
- Los padres del menor.
- Un apoderado debidamente acreditado.
- Documentos para su inscripciòn:
- Testimonio de la Escritura pùblica de rectificaciòn.
- Certificado de la partida a Rectificar.
- Cèdula de identidad del compareciente.
- Las Rectificaciones que se tràmitan ante un notario pùblico debe realizarse de acuerdo a lo establecido en la ley nùmero 139 " Ley que le da mayor utilidad a la instituciòn del Notariado y a las consultas evacuadas por la Corte Suprema de Justicia a solicitud de Consejo Supremo Electoral.
- Una vez librado el testimonio o la certificaciòn de la sentencia deberàn los ciudadanos presentarse a inscribir en el Registro Civil del municipio donde se encuentra inscrito su asiento original.
- El Registrador del Estado Civil debe inscribir en el libro de Inscripciones varias y luego se anota al margen en el asiento original de nacimientos.
- Puede comparecer a inscribirlo cualquier persona mayor de veintiùn años (21 años).
- Presentarse al edificio de la Alcaldia Municipal, especificamente en la ventanilla del Registro Civil de las Personas.
- Solicitar la Inscripciòn, con la documentaciòn necesaria.
- El usuario Procederà a Cancelar el Servicio en Caja General.
- Retirar la Inscripciòn en la oficina del Registro Civil.






